El establecimiento ¡Ay Mi México! localizado en Victoria usa el escudo oficial de los Estados Unidos Mexicanos como su parte de su branding.
La comida mexicana es catalogada como una de las mejor en el mundo, diversos rankings, sitios web y expertos gastronómicos la ubican entre lo más destacado en el orbe y en Canadá la oferta de estos platillos es amplia y variada por todo el país.
En Canadá están registrados 97,569 restaurantes de costa a costa de los cuales 1,966 ofrece platillos de origen mexicano. Tanta es la oferta que muchas veces el reto de los empresarios es encontrar una identidad que les permita identificarse de forma genuina con los consumidores y el uso de expresiones o palabras en español es con lo que varios de ellos han generado su branding.
Ejemplos en la Columbia Británica son: Tequila Cocina, Tacos La Cantina, Hugo’s Kitchen, La Mezcalería, Alimentaria Mexicana, Viva México, Tacofino, etc y es que especificamente Vancouver “es la capital de la cocina mexicana” en Canadá según un reporte del Vancouver Sun de 2020.
En esa búsqueda de identidad se pueden cometer errores e infracciones como en el uso de distintivos oficiales de los Estados Unidos Mexicanos (nombre oficial de México) tal es el caso del establecimiento Ay Mi México que -hasta el momento de publicar este reporte- todavía maneja el escudo nacional mexicano como parte de su identidad comercial en redes sociales (consultadas el 9 de mayo de 2024 a las 15:00 horas PT) y hace una semanas , precisamente el 20 de abril se buscaba renovar su identidad con un diseño que incluía en reproducción casi fiel al escudo nacional mexicano y que fue usado en utileria del negocio antes de presentarlo en sus canales digitales.
¿SE PUEDE USAR EL ESCUDO DE MÉXICO COMO MARCA?
Como cualquier nación México cuenta con una identidad nacional colectiva la cual consiste en el escudo, la bandera y el himno nacional que “representan los valores y la historia de los pueblos. Los cuales, sumados a las costumbres y tradiciones, van creando un sentido de pertenencia a la nación y contribuyen para consolidar nuestra identidad.” Esta definición está en los canales oficiales del gobierno mexicano y estos elementos patrios tienen una reglamentación que es la La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional donde se “regula las características y la difusión de los símbolos patrios…”
El documento en su capitulo tercero, artículo 5to menciona: “Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia.”
Ademas el articulo 32 Bis de la misma ley señala: “Las personas físicas e Instituciones no podrán usar la Bandera Nacional para promover su imagen, bienes o servicios.”
En un rastreo por motores de búsqueda términos como “uso comercial escudo de mexico” nos lleva a un resultado que es a la Secretaria de Gobernación de México y en su pagina web hace puntual énfasis a la pregunta:
Secretaria de Gobernación, consultado 9 de mayo 2024.
¿QUÉ DICEN LAS AUTORIDADES MEXICANAS?
Vancouñol contactó directamente a las autoridades mexicanas para saber se primera mano con la autoridad pertinente si el uso de esta identidad comercial es permitido. Primero se contactó al consulado mexicano en Vancouver el cual después de una llamada telefónica y mandar solicitud de información y preguntas por correo electrónico no se ha recibido respuesta de algún funcionario.
Por ello hicimos contacto directo con la Secretaria de Gobernación en la Dirección de Normatividad y Vigilancia del uso de Símbolos Patrios solicitándoles 3 preguntas puntuales:
-¿El uso de este elemento esta siendo utilizado de forma correcta?
-¿Este uso corresponde a lo establecido en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales?
-¿Se ha dado la autorización para el uso comercial de este elemento o el establecimiento ha hecho alguna gestión con la Secretaria para hacerlo?
Una semana después Vancouñol fue contactado por la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico emitiendo un comunicado dando una respuesta puntual y que aquí reproducimos:
“Al respecto, me permito comunicarle que, de acuerdo con las imágenes proporcionadas, con relación a su primera pregunta es de precisar que no es la forma correcta de usar el Escudo Nacional, respecto a su segunda pregunta le participamos que el uso del Escudo Nacional no se apega a las disposiciones de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y en cuanto a su tercera pregunta le comunicamos que después de realizar una revisión exhaustiva en los archivos de esta dependencia no encontramos documento de solicitud para el uso comercial del Escudo Nacional. “
Las imágenes que se encuentran en este post son las que se mostraron a la dependencia mexicana para su escrutinio el cual es enfática en mencionar que NO ES LA FORMA CORRECTA NI SE APEGA A LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONAL
POSTURA DE ¡AY MI MÉXICO!
Contactamos vía telefónica al establecimiento y uno de los managers que se identificó como “Pablo” expresó que no es autorizado para emitir un comunicado pero compartió que el isotipo se ha mandado retirar porque se enteraron sobre el uso inadecuado de su identidad y habría un desconocimiento en el tema y se trabaja en uno nuevo.
Vancouñol es un medio que abre espacio a los propietarios a que ejerzan su derecho de replica si lo desean pertinente.
Así que si usted desea emprender sobre productos mexicanos y busca una identidad que lo ligue a este país recuerde que su escudo, bandera e himno no deben ser parte de su marca.
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